Preguntas más frecuentes
¿Se debe hacer rehabilitación después del alta en la sanidad pública?
La experiencia nos dice que después de la rehabilitación pública se continúa mejorando, pero dependerá de las circunstancias personales y económicas, las expectativas que le dan los profesionales, el grado de autonomía que se desee alcanzar etc.
Es conveniente que la rehabilitación se inicie cuanto antes, por eso en algunos hospitales la comienzan incluso cuando el paciente se encuentra en la Unidad de Ictus, que continuará una vez superado la fase aguda, en los servicios de rehabilitación. Una vez es dado de alta, la experiencia nos indica que hay margen para continuar progresando en la rehabilitación, por ello, si se quiere y puede, hay que dirigirse a la rehabilitación privada.
¿Hasta cuando se consiguen mejorar las secuelas?
Esta valoración la ha de hacer el médico rehabilitador y los fisioterapeutas que le tratan, Nuestra experiencia nos dice que no hay un tiempo límite y cada afectado es un caso diferente. No debe perder la esperanza, y hay que tener paciencia, la rehabilitación no es lineal en el tiempo, hay periodos en los que se notan más los progresos y otros que parece que se estanca. la adaptación de la persona a su nueva situación; se busca los trucos para resolver mejor su día a día y que le sea más fácil manejarse.
Mi padre ha sufrido un ictus atendido en el Hospital de la Princesa nos indican que lo van a derivar a su hospital de referencia y en este hospital no hay rehabilitación.
No se angustien, el Servicio Madrileño de Salud tiene conciertos con centros de rehabilitación neurológica privados, por lo que si en su hospital de referencia no tiene este servicio le derivarán a uno privado puede ser en régimen ambulatorio o ingresado en el mismo.
¿Podré trabajar después de un ictus?
Después de sufrir un ictus, en función de las secuelas que le queden, puede y debe trabajar si es posible en su anterior empleo o en otro que se adapte a su capacidad actual. La incorporación a la actividad laboral es beneficiosa y mejora la capacidad física y psíquicaTendrá que someterse a los correspondientes tribunales médicos de la Seguridad Social
¿Puedo hacer deporte?
Si, es muy conveniente, siempre hay algún ejercicio que se puede hacer, pero debe sr adecuado a sus limitaciones y con autorización del médico
¿Tendré menos equilibrio?
Es posible; existe mayor riesgo de caídas , alguna parte el cuerpo ha perdido la coordinación y la fuerza, y los reflejos y la estabilidad ha disminuido. Es conveniente evitar obstáculos, suprimir alfombras, muebles que dificultan en el paso, tener una buena iluminación usar calzado antideslizante si es necesario para facilitar la marcha
¿Puedo conducir?
La capacidad para conducir debe ser valorada por un equipo especial.
La Asociación aconseja no conducir aunque se tenga el permiso de conducir vigente sin la autorización del servicio competente para hacerlo, puede tener serios problemas con la compañía de seguros y con las autoridades de tráfico
La comunidad de Madrid dispone de de un servicio para este fin
¿Puedo tener ayudas si tengo una discapacidad?
Si pero estarán en función el grado de discapacidad que se determine en la valoración que llevará a cabo los servicios competentes.
¿Me pueden informar de los trámites para solicitar un asilla de ruedas y otros elementos de ayuda mi padre se ha quedado con movilidad reducida?
Si está hospitalizado el profesional de trabajado Social (TS) del hospital Si está en casa el TS de los Servicios Sociales del distrito
Me gustaría saber en qué consiste Ictus Asociación Madrileña (ICAM).
Somos una asociación creada por pacientes de ictus y familiares para dar apoyo a las personas que han sufrido un ictus y a sus familiares, informándoles de los recursos que hay una vez son dados de alta en el hospital que ha atendido la fase aguda del ictus. En un principio si al afectado le han quedado secuelas el Servicio Madrileño de Salud le debe prescribir rehabilitación ,como no siempre es así debéis luchar por conseguirla. Una vez se acaba esta rehabilitación informamos de centros privados si se desea continuar la misma así como de las ayudas que existen en la Comunidad y o Ayuntamiento, trámites de Ley de dependencia, etc.
¿El ictus puede repetir?
Sí, una persona que ha sufrido un ictus puede volver a sufrir un segundo ictus y a veces hasta un tercer ictus, estará en función de la causa que motivó el primer ictus, por ejemplo una persona con fibrilación auricular si no controla bien esta patología y los niveles de coagulación, puede volver a sufrir la formación coágulos en el corazón que a través del torrente sanguíneo lleguen al cerebro. Cuando se ha sufrido un ictus es imprescindible controlar los factores de riesgo y tomar la medicación establecida por su médico de familia, y pasar los controles que éste le paute.
Me ha dado un ictus y yo no tenía factores de riesgo.
Uno de los factores de riesgo que más presente está en los ictus es la presión arterial (hasta en un 80% de los mismos) y un elevado número de personas es hipertenso y lo desconoce, pues no se comienza a contralar este factor hasta los 60– 65 años. Por otra parte existe la llamada hipertensión emocional, que no tiene nada que ver con los hábitos de vida y difícil de controlar. Por otra parte, a veces, la causa es una pequeña placa de colesterol, un ateronoma, que se desprenden en un vaso estrecho y produce un corte en el riego sanguíneo, y puede ser que el colesterol se tenga en valores aceptables.
¿Qué síntomas puede dar la enfermedad del ictus?
El ictus es una enfermedad que, por desgracia da la cara cuando el daño ya se esta produciendo en el cerebro y se ven los primeros síntomas de que algo está pasando: falta de fuerza en un brazo, la pierna, dificultad para hablar, pérdida de visión, etc. En este momento el tiempo es vida cuanto antes se reciba la atención médica en una Unidad de Ictus se podrá salvar la vida o bien minimizar las secuelas que pudieran derivarse.